miércoles, 31 de marzo de 2010



Hoy se publicó en el Diario Oficial, un extracto de la sentencia que declaró la quiebra de FORESTAL SANTA ELENA S.A. de la cual adjuntamos una copia que podrán bajar al pie de esta página, a fin de que todos Uds., puedan tenerla. Según la legislación vigente, a partir de esta publicación, la quiebra se presume conocida por cada uno de los habitantes de la República de Chile, incluso extranjeros que se encuentren transitoriamente en nuestro país. Esta presunción de conocimiento, es la misma que aplica respecto de las leyes nuevas que igualmente se presumen conocidas por todos, desde que se cumple el requisito de publicación en el Diario Oficial, en consecuencia, así como nadie puede alegar que no conoce una ley publicada, nadie tampoco puede alegar que no conoce que FORESTAL SANTA ELENA S.A, se encuentra en quiebra.Igualmente con esta publicación, ha quedado fijada la fecha de la Junta Constitutiva de Acreedores, que como la misma sentencia lo establece será el trigésimo quinto día contado desde la publicación de esta sentencia, prorrogándose al día siguiente hábil si recayere en sábado, a las 9:30 hrs.Por lo anterior, informamos a todos que la junta de acreedores se celebrará el día 14 de Mayo de 2010, a las 9:30 hrs., en las dependencias del Juzgado Civil de Angol, ubicado en calle 18 de Septiembre Nº 529, comuna de Angol.

lunes, 29 de marzo de 2010

DECLARACION DE QUIEBRA

La quiebra de Forestal Santa Elena Ltda., fue declarada el día 24 de Marzo de 2010, por sentencia dictada por el Juzgado Civil de Angol, en autos caratulados “JEREZ MENDEZ CECILIA MAGDALENA CON FORESTAL SANTA ELENA LTDA.”, rol:56.695-2010.
La demandante y peticionaria de la quiebra, doña Cecilia Magdalena Jerez Mendez, procedió a solicitar la misma fundada en un pagaré a la vista suscrito por la demandada con fecha 8 de Febrero de 2010, por la cantidad de $60.546.006.- (Sesenta millones quinientos cuarenta y seis mil seis pesos). El pagaré, aparentemente fue suscrito en reconocimiento de unas facturas adeudadas a la señora CECILIA MAGDALENA JEREZ MENDEZ, por concepto de Hostería.
Conforme a la proposición del peticionario de la quiebra, el Tribunal, procedió a designar como Síndico de Quiebra a la abogada doña Loreto Ried Undurraga, y como suplente a don JUAN ENRIQUE SILVA SILVA.
La diligencias del incautación de los bienes de la fallida, comenzaron el día Jueves 25 de Marzo de 2010, oportunidad en que la Síndico se constituyó en calle Juan Sallato N°415, comuna de Angol, y procedió a despedir a la totalidad de trabajadores, en forma oral y sin aviso previo, invocando la causal de “Necesidades de la empresa”. Art. 161 del Código del Trabajo. Sin perjuicio de lo anterior, a la fecha aún no se han entregado las cartas de despido.