jueves, 14 de octubre de 2010

2° REPARTO DE FONDOS

El día 9 de Octubre de 2010, se publicó en el Diario Oficial, un extracto de la resolución que tuvo por presentado y por aprobado el Reparto de Fondos, siempre que no fuere objetado dentro de tercero día. Por lo anterior, si el reparto no fue objetado, es posible que la Síndico de Quiebras, realice los pagos dentro de la próxima semana.
Al igual que la vez anterior, en cuanto yo tenga el cheque en mis manos, les llamaré a fin de que indicarles el día y hora, en que concurriré a Angol a realizar los pagos, y en el caso de las personas que se encuentra fuera de la ciudad y no puedan asistir a la reunión, les enviaré los cheques a la oficina de Chilexpres, más cercana a su actual ubicación.
El pago a realizar en esta ocasión, consiste en el pago de aproximadamente la mitad de los que se adeuda por remuneraciones del mes de Marzo de 2010, de los feriados y del mes de Desahucio. El porcentaje exacto asciende al 50.2831487%, de cada uno de estos conceptos.
Por otra parte, el día 27 de Octubre se realizará la licitación remate de los aserraderos, con los siguientes valores mínimos:
1- Planta Cañete : $1.591.000.000.-
2- Planta de secado “Anilehue”: $1.397.000.000.-
3- Descortezador “Segem” $5.000.000.-
4- Aserradero y maquinaria de aserrio en Angol $55.000.000.-

lunes, 16 de agosto de 2010

NOTICIAS JUNTA DE ACREEDORES

Hoy se realizó la Junta de Acreedores de la quiebra de FORESTAL SANTA ELENA LTDA., y en ella la Síndico de Quiebras, informó someramente, que se había realizado unos remates de los bienes prescindibles, de los distintos aserraderos, información que lamentablemente no se pudo detallar a cabalidad, atendido de que el Martillero Judicial, aún no rinde cuenta del remate, pues tiene 5 días para hacerlo.
Sin perjuicio de lo anterior, se informó que por los bienes vendidos en el remate del Aserradero de Angol, se habría obtenido una cantidad aproximada a los $45.000.000.- (Cuarenta y cinco millones de pesos). Por el remate de algunos bienes de aserradero de Nueva Imperial, se obtuvo $15.000.000.- (QUINCE MILLONES DE PESOS) aproximadamente y por los bienes vendidos en el aserradero de Cañete se obtuvo una cantidad cercana a los $77.000.000.- (Setenta y siete millones de pesos).
Lamentablemente el Síndico de Quiebras, no precisó si realizará un nuevo reparto administrativo de fondos, pues hizo presente el elevado monto del pago de guardias de seguridad que genera un egreso de $22.000.000.- (Veintidós millones de pesos mensuales), por lo que aparentemente no podría realizar pagos.
Informó igualmente que está próxima a firmarse la escritura de venta de los bosques, aclarando que lógicamente el Vale Vista, por la cantidad del dinero acordada, quedará retenido en una notaría con instrucciones de ser entregado a la Síndico de Quiebras, sólo una vez que se hayan inscrito las transferencias de domino a nombre de BOSQUES CAUTIN, en los Conservadores de Bienes Raíces respectivos y que se hayan alzado todas las prohibiciones, hipotecas y prendas anteriores a la compra.
Aún no se ha tomado una decisión sobre la venta de los Aserraderos, materia que esperamos quede resuelta en las próximas semanas.
Finalmente me complace informarles que a la fecha ya se dictaron todas las sentencias laborales de los juicios en los que yo les represento, condenando en todos los casos a BOSQUES SANTA ELENA S.A., como solidariamente responsable de los montos que FORESTAL SANTA ELENA LTDA., les adeude. Ahora bien, lógicamente la parte demandada BOSQUES SANTA ELENA S.A., interpuso un recurso de nulidad a fin de tratar de cambiar estas sentencias, especialmente en el sentido de que no sea condenada BOSQUES SANTA ELENA S.A.

martes, 22 de junio de 2010

VENTA DE BOSQUES GENERARÁ INGRESOS

Ayer lunes 21 de junio de 2010, a las 15:00 horas, se realizó la Junta de FORESTAL SANTA ELENA LTDA., oportunidad en se trataron las siguientes materias:
1- La Síndico de Quiebras, informó que se está imprimiendo la contabilidad de la fallida. Luego de lo cual se tramitará una devolución de impuestos que el Fisco de Chile, le tiene retenido a Forestal Santa Elena Ltda., esta recuperación de impuestos podría ascender a $1.500.000.000.- (Mil quinientos millones de pesos).- Sin perjuicio de lo anterior, es preciso que les haga presente que estas devoluciones de impuestos, siempre son muy demorosas, a veces incluso el Fisco tarda un año en revisar la contabilidad de la empresa, por lo que no veo que por este lado entren fondos a corto plazo que permitan el pago de sus derechos laborales. Igualmente, nadie nos asegura que esta devolución de impuestos efectivamente se lleve a cabo, pues el Fisco, podría encontrar que no existen los respaldos contables necesarios que justifiquen la devolución solicitada. La experiencia me demuestra que en caso de que efectivamente se llegaren a devolver impuestos, en el mejor de los casos se devolverán $1.000.000.000. (Mil millones de pesos), en seis meses o más.
2- La Síndico informó que en la actualidad tiene en la cuenta corriente de la quiebra la cantidad de $156.000.000.- (CIENTO CINCUENTA Y SEIS MILLONES), pues ha recuperado aproximadamente $80.000.000.- (Ochenta millones de pesos), vía cobranzas, por lo que está estudiando la posibilidad de realizar un nuevo pago administrativo, pero afirmó que aún no lo tiene decidido, pues debe guardar fondos suficientes para afrontar los gastos de la quiebra, guardias y seguros. Por lo anterior, no dio ninguna fecha para un potencial pago.
3- La Junta Aprobó la venta de la totalidad de los bosques pertenecientes a Forestal Santa Elena Ltda., a saber, sólo dos:
a) EL primero denominado Santa Aurora, ubicado en Traiguén, del cual Forestal Santa Elena es dueña en su totalidad, por la cantidad de US 708.998.- (Setecientos ocho mil novecientos noventa y ocho dólares), es decir, unos $377.000.000.- (Trescientos setenta y siete millones de pesos).
b) El Segundo, denominado San Jorge, ubicado en la comuna de Cholchol, del cual Forestal Santa Elena S.A., es dueña de aproximadamente la mitad, en la cantidad de US 1.261850.- (Un millón doscientos sesenta y un mil ochocientos cincuenta pesos), es decir, unos $670.000.000.- (Seiscientos setenta millones de pesos), de los que aproximadamente $300.000.000.- (Trescientos millones), serían de Forestal Santa Elena S.A.
La compradora es Bosques Cautín, quien igualmente compró la totalidad de los bosques pertenecientes a BOSQUES SANTA ELENA S.A. El plazo para realizar la escritura de compraventa será de 60 días a contar de ayer, y luego de celebrada la escritura, lógicamente, se deberá esperar que las propiedades sean inscritas por los Conservadores de Bienes Raíces respectivos, a nombre de Bosques Cautín, antes que la Síndico de Quiebras, reciba el dinero y en consecuencia, pueda proceder a pagar a los trabajadores con ellos, por lo que , por lo que en definitiva, es de esperar que Uds., reciban estos dineros casi a fines de Septiembre de 2010, sin perjuicio de que el proceso podría adelantarse un poco, dependiendo de cuando se firme la escritura de compraventa.- En este punto quiero hacerles presente, que los fondos que entrarán por estas ventas, serán insuficientes por sí mismos, para poder realizar el pago de la totalidad de la deuda laboral, ya que esta asciende a la cantidad de $1.500.000.000.- (Mil quinientos millones), aproximadamente.
Finalmente quiero despejar las dudas de aquellos que me han llamado y señalarles que el Banco Santander, no ha entregado ninguna comunicación oficial, respecto a la posibilidad de pagar a los trabajadores, y dado los acontecimientos actuales y el plazo transcurrido esto se ve cada vez más improbable.

martes, 25 de mayo de 2010

PAGO ADMINISTRATIVO DE REMUNERACIONES LIQUIDAS DE FEBRERO

Me complace informarles que hoy 25 de Mayo de 2010, la Síndico de Quiebras doña MARIA LORETO RIED, procedió a pagarme administrativamente, mediante cheque, el monto líquido de los sueldos del mes de Febrero de 2010. Por lo anterior, mañana Miércoles 26 de Mayo de 2010, realizaré una reunión en el Colegio Anita Fernández, a las 19:00 hrs., en la que les entregaré a Uds., los respectivos cheques.

jueves, 20 de mayo de 2010

DECISIONES PRIMERA JUNTA DE ACREEDORES

Ayer se realizó la Primera Junta de Acreedores de la quiebra de FORESTAL SANTA ELENA LTDA., en la que se trataron las siguientes materias atingentes a los trabajadores:
1- El día lunes 24 de Mayo posiblemente se realizará el pago administrativo de las remuneraciones del mes Febrero de 2010, hecho que les confirmaré una vez que tenga el cheque en mi mano, luego de lo cual les estaremos llamando a fin de fijar la reunión para la entrega de los cheques o para coordinar el envío respecto de la gente que se encuentra fuera de Angol.
2- La sociedad INVERSIONES INMOLA S.A., a través e su representante legal don Andrés Ballochi Giusti, realizó una oferta de compra de la “Planta de Anilehue”, saldo por la cantidad de US 600.000.- (Seiscientos mil dólares), equivalente aproximadamente a la cantidad de $330.000.000.- (Trescientos treinta millones de pesos). Esta oferta comprendería la totalidad de las instalaciones en existentes, a saber galpones, estanques, despuntes, cepilladores, compresores, etc., salvo la “caldera”, que es propiedad pues esta es del Banco Itau.- Igualmente realizó una oferta de compra por “Un retazo de terreno de la Planta de Imperial”, ascendente a US 180.000 (Ciento Ochenta mil dólares), equivalente aproximadamente a la cantidad de $99.000.000.- (Noventa y nueve millones de pesos). Esta oferta fue rechazada.
3- Se dejó para la próxima Junta de Acreedores, cualquier decisión atingente a la eventual venta de los bienes de la empresa, pues supuestamente existiría un inversionista australiano interesado en realizar una oferta de compra por los Aserraderos.

sábado, 1 de mayo de 2010

REUNION INFORMATIVA

El dia 14 de Mayo de 2010 a las 19:00 Hrs., en el Liceo Juanita Fernández, realizaré una reunión, en que informaré de todo lo sucedido en la Junta de Acreedores, sobre todo en lo respecta a los pagos de las prestaciones laborales que se les adeudan.
Igualmente quiero informarles a Uds., que el día Jueves 29 de Abril de 2010, hablé con la señora Síndico de Quiebras, Loreto Ried Undurraga, quien me informó que el Banco del Estado, aún no da una respuesta respecto a los pagos a los trabajadores.
Me informó igualmente que del remate de las maderas, sólo la cantidad de $200.000.000.- (DOSCIENTOS MILLONES), pertenece a la empresa, pues las otras maderas eran de propiedad de terceros que las tenían en depósito, solamente. Ella me indicó que hará lo posible para realizar un pago a los trabajadores, con estos dineros, pero no me indicó ninguna fecha concreta.

AVANCE DE JUICIOS LABORALES

Ayer fui informada por algunos de Uds., a través de llamadas a mi celular que el abogado, JAIME BAEZA, en una reunión pública realizada con sus representados había manifestado que las personas que me habían contratado, habían decidido mal, ya que los juicios míos al haberlos hecho en Santiago, se iban a demorar dos o tres años, y que las demandas estaban mal hechas.
Por lo presente desmiento los dichos del señor Baeza, fundada en los hechos que a continuación les expongo:
Las tres demandas laborales interpuestas por mí en los Tribunales de Santiago, están bien realizadas, toda vez que en materia de derecho laboral existe una doble jurisdicción para realizar las demandadas, es decir, se podían interponer tanto en la ciudad en que se prestaron los servicios, como en la ciudad de en que la demandada en este caso FORESTAL SANTA ELENA LTDA y/o BOSQUES SANTA ELENA S.A., tuvieran su domicilio al momento de presentar la demandada. El domicilio actual de ambas demandadas es la ciudad de Santiago, ya que para vuestro conocimiento, los Síndicos siempre cambian los antiguos domicilios, al domicilio de su oficina, y que en el caso concreto es el domicilio de la Síndico doña María Loreto Ried Undurraga, ubicado en calle Nueva York N°9, piso 11, comuna y ciudad de Santiago.
En lo personal debo hacerles presente que siempre interpongo las demandas en Santiago, porque los juicios acá están todos el línea en internet y son muchos más rápidos, pues en el caso nuestro todas y cada una de las demandas laborales interpuestas por mí, ya fueron notificadas a la Síndico de Quiebras.
En efecto:
A) JUICIO “GONZALEZ Y OTROS CON FORESTAL SANTA ELENA LTDA.” Rit:O-996-2010, seguido ante el 1° Juzgado del Trabajo de Santiago, la demanda fue notificada a la señora Síndico de Quiebra, con fecha 16 de Abril de 2010. En este juicio el primer comparendo laboral se realizará el día 26 de Mayo de 2010 a las 9:10 Hrs.
B) JUICIO “FIGUEROA Y OTROS CONTRA FORESTAL SANTA ELENA LTDA.”, rit:O-762-2010, seguido ante el 2° Juzgado del Trabajo de Santiago, la demanda fue notificada a la señora Síndico de Quiebras, con fecha 28 de Abril de 2010. En este juicio el primer comparendo laboral se realizará el día 8 de Junio de 2010 a las 8:30 hrs.
C) JUICIO “BERNA Y OTROS CON FORESTAL SANTA ELENA LTDA.”, RIT:O-1140-2010, seguido ante el 1° Juzgado del Trabajo de Santiago, la demanda fue notificada a la Síndico de Quiebras, con fecha 30 de Abril de 2010.En este juicio el primer comparendo laboral se realizará el día 8 de Junio de 2010 a las 9:10 hrs.

Los juicios laborales sólo se componen de dos comparendos. El segundo comparendo se realizará aproximadamente un mes después del primer comparendo. La sentencia será dictada aproximadamente 10 días después del segundo comparendo, por lo que los juicios deberían estar todos terminados a más tardar a fines de Julio de 2010.
Sin perjuicio de lo anterior, el Juez, al que le corresponda realizar la primera audiencia, puede ese mismo día dictar sentencia parcial, respecto de aquellas materias reconocidas y en que no exista controversia, como en el caso debería ser, ya que como Uds. mismos han podido constatar, la demanda, salvo casos puntuales, es prácticamente igual a los cálculos que la señora Síndico de Quiebras, les entregó conjuntamente con la carta de despido.
Por lo ya expuesto, resulta, absolutamente absurdo el que alguien, diga que mis juicios se podrían demorar dos o más años, y esto no hace otra cosa que demostrar la profunda ignorancia del procedimiento laboral actual o una voluntad de engañar a quien escucha tales idioteces, con una ánimo mezquino, que no hace más que perseguir el interés de ganar más dinero confundiendo a la gente para que les contrate.
Por otra parte, quiero hacerles presente que repudio y me parece de muy baja calidad moral, el hecho de que se les hayan ofrecido algunos puestos de trabajo, condicionados al hecho de que se cambien de abogado. Lo anterior, no hace más que revelar el doble estándar con que algunos profesionales actúan, ya que dicho ofrecimiento es contrario a todos los principios que irrogan el derecho laboral, tales como la no discriminación, que incluso tiene protección constitucional. Espero que Uds., puedan reconocer el mal, y evitarlo, ya que no deben confiar en ofrecimientos que precisamente han sido prohibidos por la ley pues quienes los utilizan no persiguen otro objetivo que un enriquecimiento personal, haciendo imperar la ley del más fuerte y aprovechándose de vuestra necesidad actual.

Finalmente quiero hacerles presente que la información que les entregué respecto de los juicios laborales puede ser verificada por Uds., vía internet, en el sitio web del poder judicial, siguiendo estas instrucciones:
1- Deben escribir la dirección : www.poderjudicial.cl
2- En el extremo derecho de la pantalla, deben presionar la opción “Información del Causas”.
3- Luego en el extremo izquierdo de la pantalla, deben presionar la opción: “Laboral”.
4- En la parte en que dice “ROL INTERNO”, colocar la letra “O”.
5- Luego del guión llenar con “996” ó “1005” ó “1140”, según sea el número de su juicio.
6- Luego del guión llenar con “2010”.
7- En la opción “TRIBUNAL DE ORIGEN”, deberán seleccionar el Juzgado en que se encuentra su juicio: por ejemplo: “1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO”.
8- Luego apretar la opción “CONSULTAR”.
9- Posteriormente, aparece una pestaña que dice “O-996-2010”, la que se debe presionar y ahí podrán ver la copia de la demanda y todas las resoluciones y actuaciones.

martes, 6 de abril de 2010

REUNION INFORMATIVA

Hoy nos encontramos trabajando arduamente en la confección de las demandas laborales, las que interpondremos dentro de esta semana, enviándoles a su domicilio, copia de la misma.
El día Viernes 16 de Abril de 2010 a las 19:00 hrs, realizaré una reunión informativa en la ciudad de Angol, en el Liceo Juanita Fernández Solar, que se encuentra frente al Parque Vergara. Esta reunión estaba originalmente fijada para el día 15 de Abril de 2010, pero lamentablemente se me hace imposible asistir ese día, pues la Cena Anual de la Asociación Gremial de Abogados Laboralistas AG., que se debía realizar este Miércoles 7 de Abril de 2010, se cambió para ese día y en mi calidad de Miembro del Directorio y Tesorera, es mi obligación asistir.
Algunos de Uds., me han llamado preguntándome sobre la factibilidad de una demanda por indemnización de perjuicios contra la empresa, frente a lo cual aprovecho de comentarles que si bien esta se puede interponer, en el efecto practico, no se saca nada con ello, pues por una parte, este tipo de juicios son de naturaleza civil, y se demoran al menos dos años en su tramitación, y por otra parte, en el caso de obtener que en la sentencia se condene a la demandada a pagar algún monto de indemnización, este tendría la categoría de Crédito Valista, es decir, sólo se pagaría una vez que se hayan pagado la totalidad de los créditos laborales privilegiados, los impuestos de Iva y PPM adeudados al Fisco de Chile y los créditos hipotecarios y prendarios, y sólo si sobra dinero luego de esta operación, se pagarían los créditos valistas, hecho que es altamente improbable en una quiebra, por lo cual resulta a todas luces infructuoso interponer este tipo de demandas.

miércoles, 31 de marzo de 2010



Hoy se publicó en el Diario Oficial, un extracto de la sentencia que declaró la quiebra de FORESTAL SANTA ELENA S.A. de la cual adjuntamos una copia que podrán bajar al pie de esta página, a fin de que todos Uds., puedan tenerla. Según la legislación vigente, a partir de esta publicación, la quiebra se presume conocida por cada uno de los habitantes de la República de Chile, incluso extranjeros que se encuentren transitoriamente en nuestro país. Esta presunción de conocimiento, es la misma que aplica respecto de las leyes nuevas que igualmente se presumen conocidas por todos, desde que se cumple el requisito de publicación en el Diario Oficial, en consecuencia, así como nadie puede alegar que no conoce una ley publicada, nadie tampoco puede alegar que no conoce que FORESTAL SANTA ELENA S.A, se encuentra en quiebra.Igualmente con esta publicación, ha quedado fijada la fecha de la Junta Constitutiva de Acreedores, que como la misma sentencia lo establece será el trigésimo quinto día contado desde la publicación de esta sentencia, prorrogándose al día siguiente hábil si recayere en sábado, a las 9:30 hrs.Por lo anterior, informamos a todos que la junta de acreedores se celebrará el día 14 de Mayo de 2010, a las 9:30 hrs., en las dependencias del Juzgado Civil de Angol, ubicado en calle 18 de Septiembre Nº 529, comuna de Angol.

lunes, 29 de marzo de 2010

DECLARACION DE QUIEBRA

La quiebra de Forestal Santa Elena Ltda., fue declarada el día 24 de Marzo de 2010, por sentencia dictada por el Juzgado Civil de Angol, en autos caratulados “JEREZ MENDEZ CECILIA MAGDALENA CON FORESTAL SANTA ELENA LTDA.”, rol:56.695-2010.
La demandante y peticionaria de la quiebra, doña Cecilia Magdalena Jerez Mendez, procedió a solicitar la misma fundada en un pagaré a la vista suscrito por la demandada con fecha 8 de Febrero de 2010, por la cantidad de $60.546.006.- (Sesenta millones quinientos cuarenta y seis mil seis pesos). El pagaré, aparentemente fue suscrito en reconocimiento de unas facturas adeudadas a la señora CECILIA MAGDALENA JEREZ MENDEZ, por concepto de Hostería.
Conforme a la proposición del peticionario de la quiebra, el Tribunal, procedió a designar como Síndico de Quiebra a la abogada doña Loreto Ried Undurraga, y como suplente a don JUAN ENRIQUE SILVA SILVA.
La diligencias del incautación de los bienes de la fallida, comenzaron el día Jueves 25 de Marzo de 2010, oportunidad en que la Síndico se constituyó en calle Juan Sallato N°415, comuna de Angol, y procedió a despedir a la totalidad de trabajadores, en forma oral y sin aviso previo, invocando la causal de “Necesidades de la empresa”. Art. 161 del Código del Trabajo. Sin perjuicio de lo anterior, a la fecha aún no se han entregado las cartas de despido.